LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

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Constitución Española Y Estructura de la Constitución y índice de artículos

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Estructura de la Constitución y índice

La Constitución Española (CE) es la norma suprema del ordenamiento jurídico de España​ que entró en vigor y fue publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978.

La Constitución Española se compone de un preámbulo, seguido de un total de 169 artículos repartidos entre un título preliminar y diez títulos numerados,

Además, cuenta con cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una disposición final.

Índice de artículos explicados

  • Preámbulo

Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales

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Capítulo III. De los principios rectores de la política social y económica

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Título VIII. De la organización territorial del Estado

FIN DEL INDICE

Artículo 1 de la Constitución Española

» 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

art 1 ce

El artículo 1 de la Constitución Española hace referencia a ciertos aspectos de España como que se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que la soberanía nacional reside en el pueblo y que la forma política es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2 de la Constitución Española

» La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

art 2 ce

El artículo 2 de la Constitución Española hace referencia a la unión de la Nación española y al derecho a la autonomía.

El artículo 2 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 3 de la Constitución Española

» 1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

art 3 ce

El artículo 3 de la Constitución Española hace referencia al deber de conocer y al derecho de usar la lengua española oficial del Estado.

El artículo 3 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 4 de la Constitución Española

» 1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

art 4 ce

El artículo 4 de la Constitución Española hace referencia a la bandera de España y a las banderas propias de las Comunidades Autónomas.

El artículo 4 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 5 de la Constitución Española

» La capital del Estado es la villa de Madrid.

art 5 ce

El artículo 5 de la Constitución Española hace referencia a la capital del Estado.

El artículo 5 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 6 de la Constitución Española

» Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

art 6 ce

El artículo 6 de la Constitución Española hace referencia a los partidos políticos, su creación y a su ejercicio y funcionamiento.

El artículo 6 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 7 de la Constitución Española

» Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

art 7 ce

El artículo 7 de la Constitución Española hace referencia a los sindicatos de trabajadores y a las asociaciones empresariales.

El artículo 7 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 8 de la Constitución Española

» 1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

art 8 ce

El artículo 8 de la Constitución Española hace referencia a la constitución y la misión de las Fuerzas Armadas.

El artículo 8 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 9 de la Constitución Española

» 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

art 9 ce

El artículo 9 de la Constitución Española establece que los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Además, hace referencia al principio de legalidad.

El artículo 9 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

Artículo 10 de la Constitución Española

» 1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

art 10 ce

El artículo 10 de la Constitución Española hace referencia a los derechos y deberes fundamentales de las personas.

El artículo 10 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales.

Artículo 11 de la Constitución Española

» 1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

art 11 ce

El artículo 11 de la Constitución Española hace referencia a la nacionalidad española y a su adquisición, conservación y pérdida.

Además, en el punto 3 se establece la posibilidad de que el Estado concerte tratados de doble nacionalidad.

Artículo 12 de la Constitución Española

» Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

art 12 ce

El artículo 12 de la Constitución Española hace referencia a la mayoría de edad en España.

El artículo 12 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo I sobre los españoles y extranjeros

Artículo 13 de la Constitución Española

» 1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.

2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales.

3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.

4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.

art 13 ce

El artículo 13 de la Constitución Española hace referencia a ciertos derechos para los españoles y para los extranjeros en España, incluyendo los requisitos para conceder la extradición y el derecho de asilo.

Artículo 14 de la Constitución Española

» Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

art 14 ce

El artículo 14 de la Constitución Española hace referencia a los derechos y libertades y establece que todos los españoles son iguales ante la ley.

Artículo 15 de la Constitución Española

» Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

art 15 ce

El artículo 15 de la Constitución Española hace referencia a los derechos fundamentales y las libertades públicas.

El artículo 15 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 16 de la Constitución Española

» 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

art 16 ce

El artículo 16 de la Constitución Española hace referencia a las libertades ideológica, religiosa y de culto de los individuos.

El artículo 16 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 17 de la Constitución Española

» 1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.

2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.

4. La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

art 17 ce

El artículo 17 de la Constitución Española hace referencia al derecho a la libertad y a la seguridad de cualquier persona.

En el cuarto punto se desarrolla el concepto de habeas corpus, un derecho constitucional que protege al ciudadano ante cualquier arresto o detención ilegal. De esta manera, un policía solo podrá llevar a cabo una detención si cuenta con un motivo legal justificado.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 18 de la Constitución Española

» 1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

art 18 ce

El artículo 18 de la Constitución Española hace referencia a ciertos derechos fundamentales como son:

El derecho al honor
El derecho a la intimidad personal y familiar
El derecho a la propia imagen
Además, hace referencia a la inviolabilidad del domicilio. Por otro lado, en el apartado cuarto se hace referencia a la limitación del uso de la informática lo que se relaciona directamente con el derecho al olvido en el entorno de Internet.

En el artículo 55 de la Constitución se indican ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en los apartados 2 y 3 de este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 19 de la Constitución Española

» Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

art 19 ce

El artículo 19 de la Constitución Española establece el derecho de los españoles a elegir su residencia y a circular por el territorio nacional.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 20 de la Constitución Española

» 1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

art 20 ce

El artículo 20 hace referencia al reconocimiento y la protección de ciertos derechos fundamentales como la libertad de expresión y la libertad de cátedra.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en los apartados 1 a) y d), y 5 de este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 21 de la Constitución Española

» 1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

art 21 ce

El artículo 21 de la Constitución Española hace referencia al reconocimiento del derecho de reunión pacífica y sin armas.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 22 de la Constitución Española

» 1. Se reconoce el derecho de asociación.

2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.

3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.

4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.

5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.

art 22 ce

El artículo 22 de la Constitución Española reconoce el derecho de asociación.

El artículo 22 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 23 de la Constitución Española

» 1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

art 23 ce

El artículo 23 de la Constitución Española establece el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos.

El artículo 23 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 24 de la Constitución Española

» 1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.

art 24 ce

El artículo 24 de la Constitución Española hace referencia al derecho a obtener la tutela judicial efectiva, y a otros derechos como la presunción de inocencia.

El artículo 24 de la Constitución Española se encuentra dentro del título dedicado a los derechos y deberes fundamentales:

Artículo 25 de la Constitución Española

» 1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.

3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.

art 25 ce

El artículo 25 de la Constitución Española establece que nadie podrá ser condenado por acciones u omisiones que no constituyan delito en el momento de producirse.

Además, dicho artículo establece que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad deberán tener siempre por fin la reeducación y reinserción social del acusado.

Artículo 26 de la Constitución Española

» Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.

art 26 ce

Este artículo de la Constitución Española establece la prohibición de los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil.

El artículo 26 de la Constitución Española forma parte del título dedicado a los derechos y deberes fundamentales:

Artículo 27 de la Constitución Española

» 1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.

9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.

10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

art 27 ce

El artículo 27 de la Constitución Española hace referencia al derecho fundamental a la educación y a la libertad de enseñanza.

El artículo 27 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 28 de la Constitución Española

» 1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

art 28 ce

El artículo 28 de la Constitución Española establece el derecho a sindicarse libremente.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en el apartado 2 de este artículo pueden ser suspendidos.