Artículo 66 de la Constitución Española

» 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

3. Las Cortes Generales son inviolables.

art 66 ce

El artículo 66 de la Constitución Española hace referencia a las Cortes Generales y sus funciones.

El artículo 66 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título III dedicado a las Cortes Generales y más en concreto dentro del Capítulo I, que hace referencia a las Cámaras.

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