Artículo 65 de la Constitución Española

» 1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.

2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

art 65 ce

El artículo 65 de la Constitución Española establece que el Rey recibirá una cantidad de los Presupuestos del Estado.

El artículo 65 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título II, dedicado a la Corona.

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