Artículo 46 de la Constitución Española

» Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

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El artículo 46 de la Constitución Española establece que los poderes públicos garantizarán la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España.

El artículo 46 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

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