» 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
art 43 ce
El artículo 43 de la Constitución Española hace referencia al derecho a la protección de la salud.
El artículo 43 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.
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