Artículo 29 de la Constitución Española

» 1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.

2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.

art 29 ce

El artículo 29 de la Constitución Española hace referencia al derecho de todos los españoles a la petición individual y colectiva.

El artículo 29 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 30 de la Constitución Española

» 1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.

3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.

4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

art 30 ce

El artículo 30 de la Constitución Española establece el derecho y deber de los españoles de defender a España.

El artículo 30 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 31 de la Constitución Española

» 1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

art 31 ce

El artículo 31 de la Constitución Española hace referencia al deber de los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario.

El artículo 31 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 32 de la Constitución Española

» 1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.

2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

art 32 ce

El artículo 32 de la Constitución Española hace referencia al derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica tanto el hombre como la mujer.

El artículo 32 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 33 de la Constitución Española

» 1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

art 33 ce

El artículo 33 de la Constitución Española hace referencia al derecho a la propiedad privada y a la herencia.

En el apartado tercero de este artículo se establece la posibilidad de privar de sus bienes y derechos a un propietario a través de una expropiación y a cambio de una indemnización.

Artículo 34 de la Constitución Española

» 1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.

2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22.

art 34 ce

El artículo 34 de la Constitución Española hace referencia al derecho de fundación para fines de interés general.

El artículo 34 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 35 de la Constitución Española

» 1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.

art 35 ce

El artículo 35 de la Constitución Española que establece tanto el deber como el derecho de trabajar para todos los españoles.

El artículo 35 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 36 de la Constitución Española

» La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

art 36 ce

El artículo 36 de la Constitución Española hace referencia a las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas.

El artículo 36 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 37 de la Constitución Española

» 1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.

2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.

art 37 ce

El artículo 37 de la Constitución Española hace referencia al derecho a la negociación colectiva laboral.

El artículo 55 de la Constitución indica ciertos supuestos en los que los derechos establecidos en el apartado 2 de este artículo pueden ser suspendidos.

Artículo 38 de la Constitución Española

» Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.

art 38 ce

El artículo 38 de la Constitución Española establece la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado.

El artículo 38 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo II sobre los derechos y libertades.

Artículo 39 de la Constitución Española

» 1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

art 39 ce

El artículo 39 de la Constitución Española hace referencia a la protección social, económica y jurídica de la familia proporcionada por los poderes públicos.

Artículo 40 de la Constitución Española

» 1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.

art 40 ce

El artículo 40 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico.

Artículo 41 de la Constitución Española

» Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

art 41 ce

El artículo 41 de la Constitución Española hace referencia a que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos.

El artículo 41 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 42 de la Constitución Española

» El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.

art 42 ce

El artículo 42 de la Constitución Española hace referencia al Estado y a su función de velar por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero.

El artículo 42 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 43 de la Constitución Española

» 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

art 43 ce

El artículo 43 de la Constitución Española hace referencia al derecho a la protección de la salud.

El artículo 43 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 44 de la Constitución Española

» 1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

art 44 ce

El artículo 44 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán el acceso a la cultura.

El artículo 44 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 45 de la Constitución Española

» 1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

art 45 ce

El artículo 45 de la Constitución Española hace referencia al derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y al deber de conservarlo.

El artículo 45 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 46 de la Constitución Española

» Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

art 46 ce

El artículo 46 de la Constitución Española establece que los poderes públicos garantizarán la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España.

El artículo 46 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 47 de la Constitución Española

» Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

art 47 ce

El artículo 47 de la Constitución Española hace referencia al derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

Artículo 48 de la Constitución Española

» Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

art 48 ce

El artículo 48 de la Constitución Española hace referencia a promover las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

El artículo 48 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 49 de la Constitución Española

» Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos» en el Título I «en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas». También fija que «se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio

art 49 ce

El artículo 49 de la Constitución Española hace referencia a ciertas funciones de los poderes públicos en relación con las personas con discapacidad, sensoriales y psíquicos.

El artículo 49 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 50 de la Constitución Española

» Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

art 50 ce

El artículo 50 de la Constitución Española establece que los poderes públicos garantizarán la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.

El artículo 50 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 51 de la Constitución Española

» 1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.

3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.

art 51 ce

El artículo 51 de la Constitución Española hace referencia a la defensa de los consumidores y usuarios por parte de los poderes públicos.

El artículo 51 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 52 de la Constitución Española

» La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

art 52 ce

El artículo 52 de la Constitución Española hace referencia a las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de sus intereses económicos.

El artículo 52 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo III sobre los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 53 de la Constitución Española

» 1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.

3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

art 53 ce

El artículo 53 de la Constitución Española hace referencia a las garantías de las libertades y derechos fundamentales.

Artículo 54 de la Constitución Española

» Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.

art 54 ce

El artículo 54 de la Constitución Española hace referencia a la figura del Defensor del Pueblo para la defensa de los derechos fundamentales.

El artículo 54 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título I referente a los derechos y deberes fundamentales. Más en concreto, en el Capítulo IV sobre las garantías de las libertades y derechos fundamentales.

Artículo 55 de la Constitución Española

» 1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.

2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.

La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.

art 55 ce

El artículo 55 de la Constitución Española hace referencia a ciertos derechos fundamentales.

Artículo 56 de la Constitución Española

» 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.

art 56 ce

El artículo 56 de la Constitución Española hace referencia a la Corona y ciertos aspectos importantes relacionados con el Rey de España.

El artículo 56 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título II, que hace referencia a la Corona.

Artículo 57 de la Constitución Española

» 1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.

3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.

4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.

5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.

art 57 ce

El artículo 57 de la Constitución Española hace referencia a la Corona de España y la sucesión en el trono.

El artículo 57 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título II, dedicado a la Corona.

Artículo 58 de la Constitución Española

» La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.

art 58 ce

El artículo 58 de la Constitución Española hace referencia a la Corona y a la Reina consorte o el consorte de la Reina.

El artículo 58 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título II, dedicado a la Corona.